¿El Régimen Simplificado de Tributación (RST) necesita emitir factura electrónica?
¿Necesita el RST emitir factura electrónica?
Sí, así es.
Es una de las confusiones más comunes entre quienes están en el RST: pensar que, como el régimen “simplifica” el cálculo de sus impuestos, también los exime de facturar electrónicamente. No es así — y confirmarlo evita sorpresas antes de que venza el plazo.
“Simplificado” es sobre cómo calculas el impuesto, no sobre si facturas
El RST es una modalidad para determinar el ISR y el ITBIS de forma más simple, ya sea en base a tus ingresos o a tus compras anuales. Pero seguir siendo un contribuyente formal implica mantener tus obligaciones de facturación: la DGII confirma directamente que los contribuyentes acogidos al RST deben cumplir con la obligación de la facturación electrónica, igual que cualquier otro contribuyente dentro de su categoría.
Lo que sí cambia y lo que no, estando en el RST
✅ Sigue siendo tu obligación
- Emitir tus comprobantes con e-CF válidos en cada venta
- Certificarte como emisor electrónico dentro del plazo que te corresponde
- Emitir el tipo de comprobante correcto si tu cliente necesita deducir el gasto
- Conservar tus registros y documentos de soporte
✕ Lo que el RST sí simplifica
- No tienes que presentar los formatos 606 y 607
- Declaras de forma anual, en lugar de mensual, según tu modalidad
- El cálculo del ISR e ITBIS se hace sobre una base simplificada
¿Cuál es tu fecha límite?
Los contribuyentes del RST clasificados como pequeños o micro tienen la misma fecha límite que ya cubrimos para ese grupo: el 15 de noviembre de 2026, según la prórroga otorgada por la DGII. Si todavía no te has certificado como emisor electrónico, este es el momento de resolverlo antes de que se acumulen los pendientes de fin de año.
💡 ¿Ya sabes si calificas para el RST?
Con la Ley 30-26, los topes del régimen se ampliaron. Consulta con tu contador si tu negocio califica y bajo qué modalidad conviene más.
Cómo encaja eNemeSys con un régimen simplificado
Si elegiste el RST precisamente para simplificar tu operación, lo último que quieres es un sistema de facturación complicado. eNemeSys te permite emitir tus comprobantes electrónicos sin obligarte a configurar módulos de inventario, reportes avanzados o funciones que un negocio del RST normalmente no necesita.
🧾 Plan Básico de eNemeSys
Ideal para contribuyentes del RST: factura, envía por correo o WhatsApp y lleva tu historial, sin más configuración de la necesaria.
Preguntas frecuentes
¿Si estoy en el RST y mi cliente tiene RNC, igual necesito darle un comprobante fiscal?+
Sí. Si tu cliente necesita deducir el gasto, debes emitirle el tipo de comprobante electrónico con valor de crédito fiscal correspondiente.
¿El RST me exime de certificarme como emisor electrónico?+
No. La certificación como emisor electrónico sigue siendo obligatoria dentro del plazo que corresponda a tu categoría de contribuyente.
¿Qué pasa si supero los topes del RST durante el año?+
Puedes pasar al régimen ordinario; mantener tu historial de facturación ordenado en eNemeSys facilita esa transición.
Fuente: Dirección General de Impuestos Internos (DGII) — normativa vigente sobre el Régimen Simplificado de Tributación y la facturación electrónica.
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