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La DGII lo repite: la Ley 32-23 también aplica a profesionales independientes y personas físicas

eNemeSys12 de septiembre, 20263 min de lectura

La Dirección General de Impuestos Internos volvió a dejarlo por escrito: la facturación electrónica es obligatoria para todas las personas físicas y jurídicas que transfieran bienes o presten servicios en el país. Esta vez el mensaje llegó a través de un análisis técnico publicado en la quinta edición de la revista Actualidad de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, firmado por Elayne Jiménez, encargada del Departamento de Control de Operaciones de la Gerencia de Facturación de la DGII.

El calendario, confirmado una vez más

El artículo repasa el calendario de implementación gradual establecido en el artículo 37 de la Ley 32-23, y no deja espacio para la ambigüedad sobre quién está incluido:

GrupoFecha
Grandes Contribuyentes Nacionales15 de mayo de 2024
Grandes Contribuyentes Locales y Medianos15 de mayo de 2025
Pequeños, micro, profesionales independientes y personas físicas no clasificadas15 de noviembre de 2026 (Aviso 06-26)

El análisis es explícito en un punto que muchos profesionales independientes todavía subestiman: el plazo del 15 de noviembre no aplica solo a "empresas" en el sentido tradicional — incluye directamente a profesionales independientes y personas físicas no clasificadas en el RNC.

💡
Si trabajas por tu cuenta, esto es para ti

Si eres profesional independiente y todavía no sabes cómo te afecta esto sin tener una empresa constituida, puedes revisar nuestra guía sobre facturación electrónica para personas físicas.

Por qué a la DGII le interesa tanto este modelo

El análisis explica el fondo del asunto desde la perspectiva de la propia administración tributaria: el sistema e-CF le da a la DGII trazabilidad en tiempo real sobre el flujo de ventas e ingresos de cada contribuyente. Ya no se trata solo de digitalizar un papel — es un cambio en cómo el Estado supervisa la actividad económica del país, homologando cada transacción directamente contra la administración tributaria, tanto en el comercio tradicional como en las ventas por internet.

Lo que destaca el informe

Menos errores, más velocidad

La automatización reduce los errores humanos de digitación y acelera los ciclos de facturación y cobranza.

💰

Menos costos fijos

Elimina el gasto recurrente en impresión, transporte y almacenamiento de comprobantes físicos.

🔒

Interoperabilidad y ciberseguridad

El informe reconoce que el modelo exige resguardar datos tributarios sensibles ante el temor natural al entorno digital.

📌
Otra confirmación más, desde otro canal distinto

Esta es ya la tercera vez en pocas semanas que la DGII refuerza este mensaje por un canal diferente: primero en una reunión con proveedores autorizados, luego con la declaración pública de su director, y ahora con un análisis técnico divulgado por la Cámara de Comercio de Santo Domingo.

Preguntas frecuentes

¿Esto es un anuncio nuevo o solo una reafirmación?

Es una reafirmación técnica de la obligatoriedad ya vigente — no introduce cambios al calendario ni a los plazos existentes.

¿Aplica solo a empresas con inventario o punto de venta?

No, aplica a cualquier persona física o jurídica que transfiera bienes o preste servicios, incluidos profesionales independientes sin empresa constituida.

¿Qué significa "interoperabilidad de los sistemas informáticos" para un negocio pequeño?

En la práctica, significa que el sistema que uses para facturar debe estar correctamente certificado y conectado con la DGII — algo que un proveedor autorizado ya resuelve por ti.

Fuente de esta noticia

📰
Periódico elCaribe12 de septiembre, 2026

Fuente: Periódico elCaribe, con base en un análisis técnico de Elayne Jiménez (DGII) divulgado por la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo en la quinta edición de su revista Actualidad. Este contenido tiene fines informativos.

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